top of page
  • rodrguezcuadro1
  • WhatsApp
  • Icono social LinkedIn

Colombia vs Nicaragua ¿Qué decisión tomo la CIJ?

Gustavo Rodríguez

En 2012 la Corte Internacional de Justicia (CIJ) emitió una sentencia para resolver la demanda iniciada por Nicaragua en contra de Colombia para delimitar su frontera en el Mar Caribe. La decisión ratificó la soberanía de Colombia sobre San Andrés y Providencia pero amplió la zona económica exclusiva de Nicaragua.

En Colombia la decisión de la CIJ no fue muy bien recibida. El gobierno colombiano emitió los Decretos 1946 de 2013 y 1119 de 2014, para establecer las fronteras marítimas del archipiélago de San Andrés y Providencia. Por su parte Nicaragua emitió los Decretos 33-2013 y 17-2018 para fijar el trazado de su línea base de frontera marítima con Colombia.

Nicaragua considera que Colombia no ha cumplido con la sentencia de 2012, por lo cual inició un nuevo proceso. El 21 de abril de 2022 la CIJ tomo una decisión. Aceptó parcialmente las pretensiones de Nicaragua y tomo las siguientes decisiones:

Primero, la estrategia de Colombia de renunciar a la jurisdicción de la CIJ no funcionó. Colombia se retiró voluntariamente del “Tratado Americano de Soluciones Pacíficas” a partir del 27 de noviembre de 2013. Sin embargo, la CIJ considero que los hechos objeto de la disputa iniciaron antes de esa fecha, por lo cual se declaró competente para resolver las pretensiones de la demanda.

Segundo, la CIJ encontró probado que Colombia ha interferido con actividades de pesca e investigación adelantadas por naves nicaragüenses dentro de la zona económica exclusiva de Nicaragua. Lo que constituye una violación a la soberanía del país centroamericano.

Tercero, Colombia viola la soberanía nicaragüense al autorizar actividades de pesca en la zona económica exclusiva de Nicaragua.

Cuarto, le ordena a Colombia que termine inmediatamente con las actividades mencionadas en los puntos 2 y 3.

Quinto, La CIJ consideró que los Decretos 1946 de 2013 y 1119 de 2014, emitidos por Colombia, no cumplen con el derecho internacional consuetudinario.

Sexto, La CIJ determinó que Colombia debe ajustar los Decretos mencionados en el punto anterior al derecho internacional. De modo que cumplan con la decisión que tomo la CIJ en 2012.

Séptimo, La CIJ determinó que las limitaciones territoriales establecidas por Nicaragua en el Decreto 33-2013 y 17-2018 no se ajustan al derecho internacional consuetudinario.

Ninguna de las decisiones fue adoptada por unanimidad de los 15 jueces. Las decisiones que tuvieron más controversia, pues recibieron nueve votos a favor y seis en contra, fueron la tercera y cuarta, es decir las referentes a la violación de la soberanía de Nicaragua por parte de Colombia.

Sobre los derechos de los raizales de San Andrés y Providencia a practicar la pesca artesanal en las aguas en disputa, la CIJ no se pronunció de fondo. Este tema, que es de vital importancia para la población del archipiélago deberá ser tratado directamente entre las partes.


El texto completo de la decisión se puede consultar aquí.


*La foto de portada ha sido tomada de Wikipedia y compartida mediante licencia Creative Commons / atribución-compartir igual 3.0

62 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


© 2022 

bottom of page